El teléfono suena a las 7 de la mañana. Después otra vez al mediodía. Y a las 9 de la noche. El mensaje es siempre el mismo: pagá o te va a ir mal. A veces el empleado de cobranzas te llama al trabajo, le avisa a tu familia, te amenaza con publicar tu nombre, o te hace sentir que ya no tenés salida. ¿Es legal todo eso? No. Y tiene consecuencias.
¿Qué dice la ley?
El artículo 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor prohíbe expresamente las conductas que vergüencen, intimiden o pongan en ridículo al consumidor en el proceso de cobro de deudas. La ley protege tu dignidad incluso cuando debés dinero.
No se trata de un artículo menor ni difícil de aplicar. La Secretaría de Comercio y los organismos de defensa del consumidor de cada provincia pueden recibir denuncias y aplicar sanciones concretas a las empresas que incumplan. En Misiones, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor es la autoridad de aplicación.
Conductas que la ley prohíbe
Aunque no existe una lista taxativa, la jurisprudencia y la práctica administrativa han identificado comportamientos típicos que configuran hostigamiento en el cobro de deudas:
¿Cuánto puede costar el hostigamiento para la empresa?
La Ley de Defensa del Consumidor prevé sanciones que van desde multas económicas hasta la publicación de la sanción en medios de comunicación —lo que en la práctica suele impactar más en la reputación de la empresa que la multa en sí misma—. En casos de daños comprobados, la víctima puede también reclamar una indemnización en sede judicial.
Los jueces han reconocido en estos casos daño moral a favor del consumidor, considerando el padecimiento, el estrés y la afectación a la vida cotidiana que producen las prácticas de hostigamiento sostenidas en el tiempo.
"¿Una empresa de cobros te está hostigando? Podés denunciarlo. Consultanos."
Consultar por WhatsApp¿Qué podés hacer si te están hostigando?
Lo más importante es documentar todo desde el primer momento:
- Registrá los llamados: anotá fecha, hora y lo que te dijeron. Si es posible, grabá las conversaciones (en Argentina está permitido grabar las comunicaciones en las que uno mismo participa).
- Guardá mensajes y capturas: WhatsApp, SMS, correos electrónicos y cartas documento son prueba válida.
- No respondas con agresividad: el objetivo es construir un registro limpio de las prácticas abusivas del otro lado.
- Consultá con un abogado: las opciones incluyen denuncia ante el organismo de defensa del consumidor y acción judicial para reclamar daños.
Una deuda no anula tus derechos
El derecho no le da a ninguna empresa una licencia para humillar, presionar o amedrentar a las personas. La existencia de una deuda no suspende los derechos del consumidor ni los derechos fundamentales de cualquier persona.
Si estás pasando por una situación de hostigamiento por parte de una empresa de cobros, tenés herramientas legales concretas para hacer valer tus derechos. No tenés que tolerarlo en silencio.