El acoso sexual callejero es una forma de violencia contra las mujeres en el espacio público. Conocer qué conductas comprende y por qué se sanciona ayuda a reconocerlo y a saber cómo actuar.
Es la violencia contra las mujeres en el espacio público: acciones físicas o verbales con contenido sexual dirigidas a una persona que no quiere participar de ellas. Se basa en el género o en la identidad sexual de quien lo sufre y está contemplado en el art. 6 inc. g de la Ley 26.485.
No. También alcanza a los espacios privados de acceso público, como un centro comercial, un teatro o un bar.
Porque afecta la dignidad y los derechos fundamentales de la persona acosada: sufre un ataque a su libertad, a su integridad y a su derecho de circular libremente. Además, genera intimidación, hostilidad, degradación, humillación y un clima ofensivo.
Las sanciones y los canales de denuncia dependen de cada jurisdicción. Por ejemplo, la Ciudad de Buenos Aires tiene una ley específica y sanciona el acoso sexual callejero como contravención (Ley 5742 y art. 53 del Código Contravencional), con multa, trabajos para la comunidad o arresto. En otras provincias el régimen puede ser distinto.
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Consultar por WhatsAppLey 26.485 (Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres), art. 6 inc. g. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación — Derecho Fácil. Más artículos en nuestro blog.