Cuando la ART rechaza tu accidente o le pone un porcentaje de incapacidad muy bajo a tu lesión, no estás obligado a aceptarlo. Existe una instancia gratuita y obligatoria antes de ir a la Justicia: la Comisión Médica. Te explicamos cómo funciona y qué podés reclamar allí.
Las ARTs rechazan casos con distintos argumentos. Los más frecuentes son:
"El accidente no ocurrió en ocasión del trabajo"
"La enfermedad no está en el listado de enfermedades profesionales"
"No hay relación causal entre el trabajo y la lesión"
"El trabajador ya tenía esa lesión antes de entrar a trabajar"
"El accidente in itinere no se dio por el camino habitual"
"El porcentaje de incapacidad es menor al que reclama el trabajador"
Que la ART rechace no significa que tengas razón o no. Significa que hay una disputa que necesita resolverse. Y para eso existe la Comisión Médica.
La Comisión Médica es un organismo creado por la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557, reformada por Ley 27.348) para resolver los conflictos entre trabajadores y ARTs sin necesidad de ir a la Justicia.
Está integrada por médicos especializados que evalúan tu lesión o enfermedad de forma independiente de la ART. Pueden determinar:
El trámite ante la Comisión Médica es gratuito. No pagás aranceles ni costos administrativos.
Desde la Ley 27.348, el trabajador debe contar con patrocinio letrado (un abogado) desde la primera presentación. Si no tenés abogado propio, la SRT ofrece el Servicio de Patrocinio Letrado Gratuito: podés solicitar un abogado sin costo para que te represente durante todo el proceso ante la Comisión Médica.
Aunque es gratuito, tener un abogado que conozca el sistema puede marcar una diferencia importante en el resultado —especialmente en la discusión sobre el porcentaje de incapacidad.
La resolución de la Comisión Médica puede apelarse ante la Comisión Médica Central (en Buenos Aires) o ante la Justicia laboral de cada provincia. Si la Justicia revoca lo resuelto, la ART o los responsables deben abonar los montos que correspondan más intereses.
"¿La ART rechazó tu caso o te dio un porcentaje muy bajo? Podemos revisar si te corresponde más."
Consultar sin cargoLey N° 24.557 — Ley N° 27.348 — SRT: www.argentina.gob.ar/srt — Línea gratuita SRT: 0-800-666-6778.