La historia clínica te pertenece. Podés rechazar un tratamiento. Tenés derecho a que te expliquen todo antes de firmar cualquier cosa. La Ley 26.529 reconoce estos derechos — y son exigibles.
La Ley 26.529 y su decreto reglamentario 1089/2012 reconocen derechos fundamentales de los pacientes en todas las instancias del sistema de salud — hospitales públicos, clínicas privadas, obras sociales y prepagas.
Tenés derecho a recibir una explicación clara y en términos comprensibles sobre:
El médico no puede negarte esta información. Si necesitás, podés pedir que la expliquen con tiempo y claridad — no en un pasillo a las corridas.
Antes de cualquier procedimiento, intervención o tratamiento, el médico debe obtener tu consentimiento informado: tu aceptación voluntaria luego de haber recibido la información completa. Si te hacen algo sin tu consentimiento, pueden incurrir en responsabilidad civil y penal.
Podés negarte a recibir cualquier tratamiento, incluso uno que podría prolongar tu vida. En caso de enfermedad terminal, tenés derecho a rechazar la alimentación, hidratación y reanimación artificial si generan sufrimiento sin mejorar tu situación de salud. El acceso a cuidados paliativos está garantizado.
La historia clínica es tu documento. Podés solicitarla en cualquier momento y el establecimiento de salud debe entregarte una copia en un plazo máximo de 48 horas (menos si es urgente).
También pueden pedirla:
Si el hospital o médico demora o se niega a entregar la historia clínica, hay herramientas legales para exigirla — incluso de forma judicial si es necesario.
Tenés derecho a ser tratado con respeto, a que se preserve tu intimidad y pudor durante los procedimientos, y a que tu información médica no se comparta sin tu autorización.
"¿Te negaron tu historia clínica, te hicieron algo sin consentimiento o no te explicaron el diagnóstico? Consultá gratis."
Consultar ahora — sin cargoLey 26.529 — Derechos del Paciente. Decreto 1089/2012. Ministerio de Justicia de la Nación — Derecho Fácil.