La IVE es un derecho reconocido por la Ley 27.610. El sistema de salud tiene un plazo máximo de 10 días para garantizar la atención — y no se requiere autorización judicial.
La Ley 27.610, promulgada en enero de 2021, regula el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en todo el territorio argentino. Se aplica a todas las personas con capacidad de gestar, sin importar su identidad de género.
No. La ley no exige autorización judicial para acceder a la IVE dentro de los plazos establecidos. Si algún profesional o institución te dice que necesitás una orden judicial, eso es incorrecto.
No. La práctica tiene cobertura integral y gratuita en todos los sistemas de salud: hospitales públicos, obras sociales y prepagas. Está incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Los profesionales de salud pueden ejercer objeción de conciencia, pero con límites claros:
"¿El sistema de salud demoró o no respondió dentro de los 10 días? Tenés opciones legales para exigir el acceso. Consultá."
Consultar ahora — sin cargoLey 27.610 — Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Ministerio de Justicia de la Nación — Derecho Fácil.