La Superintendencia de Seguros de la Nación actualizó el marco regulatorio del sector: habilitó la comercialización de seguros de salud con cobertura prestacional, garantizó la continuidad de tratamientos ante cambios en la red, y simplificó los requisitos de reservas técnicas.
El 22 de junio de 2026 se publicaron en el Boletín Oficial las Resoluciones 269/2026 y 258/2026 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), que modifican el Reglamento General de la Actividad Aseguradora en dos frentes: la estructura de reservas técnicas obligatorias y las condiciones de las pólizas de salud bajo modalidad prestacional.
Esta resolución simplifica los requisitos prudenciales del sector al derogar dos reservas que las aseguradoras estaban obligadas a mantener:
La medida apunta a un modelo de gestión de riesgos más integral, reduciendo la segmentación por tipo de cobertura y aligerando cargas específicas para el sector asegurador.
Este es el cambio más relevante para los asegurados. La SSN regula ahora las pólizas de salud bajo modalidad prestacional — es decir, aquellas en las que la aseguradora no solo paga sino que organiza y garantiza la red de prestadores — y establece obligaciones concretas de protección al usuario:
La resolución también define los límites: se admite la exclusión por enfermedades preexistentes, tanto en pólizas individuales como colectivas. Esto no es una novedad en el derecho de seguros, pero la norma lo explicita para delimitar el alcance de las nuevas obligaciones de continuidad.
Para quien tiene una póliza de salud bajo modalidad prestacional, la resolución fortalece su posición frente a los cambios unilaterales de la aseguradora. Los puntos clave a recordar:
"¿Tu aseguradora cambió prestadores y te quedaste sin cobertura? Puede ser un incumplimiento de estas nuevas reglas. Consultame."
Consultar ahora — sin cargoSuperintendencia de Seguros de la Nación — Resoluciones 269/2026 y 258/2026 — Boletín Oficial de la República Argentina, 22 de junio de 2026.