Constitucional

Derecho migratorio: notificar la orden de expulsión en el domicilio de residencia de décadas atrás vulnera el derecho de defensa

11 de junio de 2026 CSJN — "Gularte, Edgardo Delbar vs. Estado Nacional y otros s. Recurso directo - Recurso de hecho"
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Fuente verificada · Seleccionado por Eliana Paola Oudin, Abogada — Colegio de Abogados de Misiones · Actualización semanal

La CSJN dejó sin efecto la sentencia que tuvo por válida la notificación de una orden de expulsión girada al domicilio constituido por el migrante al tramitar su residencia —décadas atrás— en lugar del domicilio real que el propio Tribunal Oral había informado a la Dirección Nacional de Migraciones al comunicar la condena penal. El fallo señala que esa notificación defectuosa vulnera el derecho de defensa, el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva (art. 15, Ley 48), apartándose de la previsión expresa del art. 54 párr. 2 del Decreto 616/2010. La resolución que cierra la vía judicial contra la expulsión es equiparable a sentencia definitiva, ya que de quedar firme clausuraría el único mecanismo de revisión del migrante.

CSJN — "Gularte, Edgardo Delbar vs. Estado Nacional y otros s. Recurso directo - Recurso de hecho"

Cómo citar este fallo

Derecho migratorio: notificar la orden de expulsión en el domicilio de residencia de décadas atrás vulnera el derecho de defensa. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Oudin Legal — oudinlegal.com.ar). 11 de junio de 2026. Fuente: CSJN — "Gularte, Edgardo Delbar vs. Estado Nacional y otros s. Recurso directo - Recurso de hecho".

EO

Eliana Paola Oudin

Abogada — Colegio de Abogados de Misiones

Esta jurisprudencia fue seleccionada, analizada y verificada por Eliana Oudin. Oudin Legal publica jurisprudencia verificada semanalmente para abogados, estudiantes y ciudadanos de Misiones y de todo el país.