La CNCiv. Sala F confirmó la responsabilidad de todos los codemandados por no escriturar en el plazo convenido: las dificultades registrales y sucesorias eran preexistentes y conocidas al momento de contratar, no obstáculos sobrevinientes. La obligación de escriturar impone deberes secundarios, entre ellos superar los obstáculos dominiales, incluyendo gestiones en otras jurisdicciones. Haber comparecido conjuntamente al boleto sin ninguna reserva sobre el estado del dominio les impide alegar limitaciones de responsabilidad individual.
Cómo citar este fallo
Escrituración: los vendedores responden solidariamente aunque los trámites sucesorios dependan de otras jurisdicciones — la obligación incluye superar los obstáculos dominiales. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Oudin Legal — oudinlegal.com.ar). 17 de junio de 2026. Fuente: Leal, Jorge Alfredo vs. Strobelt, Enrique Rodolfo y otros s. Escrituración /// CNCiv. Sala F; 17/06/2026.