La Sala I de la Cámara Nacional del Trabajo rechazó el pedido de una empresa condenada de cancelar en cuotas, de forma unilateral, la indemnización adeudada a una trabajadora despedida, y declaró inconstitucional esa modalidad de pago fraccionado impuesta sin acuerdo de la acreedora. El tribunal fijó así un límite constitucional a la aplicación de las normas de la reforma laboral que habilitan el pago en cuotas de las condenas, en resguardo del carácter alimentario del crédito laboral.
Cómo citar este fallo
La CNAT declaró inconstitucional el pago unilateral en cuotas de sentencias laborales. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Oudin Legal — oudinlegal.com.ar). 27 de agosto de 2026. Fuente: Torrez, Florencia Ayelén vs. La Distribuidora Saludable S.R.L. s. Despido /// Cám. Nac. Trab., Sala I; 27/08/2026.