La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D, confirmó el rechazo de la medida cautelar que pretendía suspender decisiones asamblearias sobre la no distribución de dividendos, la constitución de reservas facultativas y la aprobación de honorarios de la administración. El tribunal recordó que las atribuciones judiciales para suspender los efectos de una decisión asamblearia (art. 252 LGS) se condicionan a la existencia de motivos graves y perjuicios irreparables para la sociedad, prevaleciendo el interés societario sobre el particular del impugnante. En el caso, la retención de resultados se justificó por la necesidad de fondos para poner en valor inmuebles deteriorados que constituyen la fuente de ingresos de la sociedad.
Cómo citar este fallo
Rechazan medida cautelar societaria contra decisiones asamblearias por no acreditarse perjuicio grave al interés social. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Oudin Legal — oudinlegal.com.ar). 14 de julio de 2026. Fuente: Rodríguez, Gustavo Luis vs. Machicote S.A. y otros s. Ordinario /// Cám. Nac. Com., Sala D; 14/07/2026.