Desde la reforma del Código Civil y Comercial en 2015, las parejas que conviven sin casarse cuentan con un marco legal específico. La unión convivencial no es lo mismo que el matrimonio, pero genera derechos y obligaciones que es importante conocer, sobre todo en lo que respecta a la vivienda familiar, los gastos del hogar y qué pasa cuando la pareja se separa.
¿Qué es la unión convivencial?
Es la relación afectiva entre dos personas que no están casadas entre sí, que conviven compartiendo un proyecto de vida en común. Puede ser entre personas de igual o distinto sexo. Para que se reconozca legalmente, debe reunir ciertas condiciones.
La unión convivencial no exige trámite previo para existir, pero sí puede registrarse a voluntad de las partes, lo que facilita la prueba de su existencia y activa ciertos mecanismos de protección.
Requisitos para que se reconozca la unión
El Código establece que ambas personas deben:
- Ser mayores de edad
- No ser parientes entre sí (en línea recta ni determinados grados de colateral)
- No estar casados ni tener otra unión convivencial vigente al mismo tiempo
- Llevar un mínimo de 2 años de convivencia pública, notoria, estable y permanente
¿Es obligatorio registrar la unión?
No. El registro no es un requisito para que la unión exista. Sirve principalmente como medio de prueba: simplifica demostrar la existencia y la duración de la convivencia ante terceros, ante la justicia o ante organismos públicos.
Si la unión no está registrada, puede igualmente probarse por otros medios: testimonios, facturas compartidas, documentación con el mismo domicilio, contratos conjuntos, entre otros.
El registro se realiza en el Registro Civil correspondiente al domicilio de la pareja. Ambas personas deben solicitarlo conjuntamente; no puede hacerlo uno solo.
Obligaciones durante la convivencia
Una vez reconocida la unión, el Código establece que los convivientes tienen:
- Deber de asistencia mutua
- Obligación de contribuir a los gastos del hogar
- Responsabilidad solidaria frente a deudas contraídas para necesidades del hogar y educación de los hijos comunes
Si la unión está registrada, se suma una protección importante: ninguno de los dos puede disponer de la vivienda familiar sin el consentimiento del otro. Esto significa que el propietario no puede venderla, hipotecarla ni ceder su uso sin que el conviviente firme también.
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Consultar por WhatsAppEl pacto de convivencia
Los convivientes pueden celebrar un pacto de convivencia: un acuerdo escrito en el que establecen las reglas que van a regir su vida en pareja. Es una herramienta muy útil que el Código habilita expresamente.
En el pacto pueden acordar, entre otras cosas:
- Cómo contribuirá cada uno a los gastos del hogar
- Cómo se distribuirán los bienes si se separan
- Quién se quedará con la vivienda en caso de ruptura
Lo que el pacto no puede hacer es establecer cláusulas que afecten la igualdad entre los convivientes o que perjudiquen los derechos reconocidos por la ley.
Si no hay pacto, cada persona administra y dispone libremente de sus propios bienes.
¿Cómo termina la unión convivencial?
El Código prevé varias causales de cese:
- Los convivientes deciden casarse entre sí
- Uno de ellos se casa con otra persona o inicia una nueva unión convivencial
- Deciden poner fin a la convivencia, ya sea de común acuerdo o por decisión de uno solo
- Dejan de convivir efectivamente (salvo que la separación sea temporal por razones laborales o similares, y ambos mantengan la voluntad de seguir juntos)
- Fallecimiento de uno de ellos
Compensación económica al separarse
Al finalizar la unión, uno de los convivientes puede solicitar una compensación económica si puede acreditar que la ruptura generó un desequilibrio en sus ingresos o en sus posibilidades de desarrollo personal.
Para que proceda, se analiza si uno de los dos dejó de desarrollarse profesionalmente, se dedicó al hogar o al cuidado de los hijos, o si aportó de forma desproporcionada al bienestar común. La compensación puede fijarse como pago único o en cuotas, en dinero o en especie, según lo que acuerden las partes o resuelva el juez.
Si las partes no llegan a un acuerdo, el conflicto se resuelve ante la Justicia de Familia.
Conclusión
La unión convivencial es una figura legal reconocida que puede generar consecuencias jurídicas concretas en la vida de la pareja, especialmente respecto a la vivienda, los bienes y la asistencia económica. Conocer estos derechos es importante tanto para protegerse mientras dura la convivencia como para actuar bien ante una eventual separación.
Si estás en pareja conviviente y querés saber cómo proteger tu situación o cómo afrontar una separación, una consulta con un profesional puede ayudarte a tomar decisiones más informadas.